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Subsidio Educativo para

Personas con Discapacidad

Subsidio Educativo Discapacidad

Acceso a la educación para todos

En Comfamiliar Atlántico, estamos comprometidos en hacer que la educación sea una realidad accesible para todas las personas, sin importar sus circunstancias. Nuestro Subsidio Educativo para Personas con Discapacidad es una muestra de ese compromiso, y estamos aquí para acompañarte en tu viaje educativo. Juntos, derribaremos las barreras y construiremos un futuro lleno de oportunidades y aprendizaje.

Tres personas en un taller de arte, una sonríe con un pincel, mientras las otras pintan en el fondo.

Conoce más sobre este subsidio

El subsidio educativo para personas con discapacidad es una prestación social (ayudas económicas para fomentar la educación y bienestar de los afiliados y su grupo familiar) que se entrega a los trabajadores de medianos y menores recursos que reciben la cuota moneriana mensual que presentan en su grupo familiar beneficiarios afiliados en condiciones de discapacidad cognitiva o mental y se encuentran matriculados en una institución de carácter privada calendario A y B. 

Este subsidio está destinado a beneficiarios que cumplen con los siguientes criterios generales: 

  • Presentar discapacidad mental o cognitiva.
  • Estar activos en nuestra caja de compensación, Comfamiliar Atlántico.

Asesoría Personalizada: Si usted lo necesita podrá acceder a atención presencial y personalizada por parte de la Coordinación de atención especial del Programa de Discapacidad. Esta atención se realiza en el Centro Cultural (Cra. 54 # 59-167).

Requisitos para acceder al subsidio

Hombre gesticulando mientras canta, acompañado de otro con guitarra en un entorno iluminado y acogedor.

Detalles del Subsidio Educativo para Personas con Discapacidad

1- Ingresa a www.comfamiliar.com.co

2- Selecciona la opción «Oficina Virtual».

3- Ingresa a la opción «Personas» y diligencia los datos solicitados (Si eres un usuario nuevo puedes registrarte a través de la opción «Regístrese Aquí»).

4- En el menú de empleados afiliados, seleccione «Postulación de Subsidio  Especial».

5- Ingresa a «Nueva Postulación».

6- Diligencia los campos y adjunta los documentos solicitados.

7- Para finalizar la postulación debes dar clic en la opción de “Salvar”. La cual si el proceso es éxito le generara un radicado.

Nota: Si presenta inconvenientes para realizar la postulación, puede acercarse a las ventanillas de subsidio educativo ubicadas en nuestro centro de atención – Calle 48 N° 43 – 104 en los horarios establecidos para brindarle el apoyo necesario.

El subsidio será generado en 10 cuotas iguales, las cuales serán pagadas a la institución educativa, previa validación de cumplimento de requisitos y condiciones por parte del afiliado en las fechas establecidas por la Caja de Compensación.

IMPORTANTE:

  • Una vez se apruebe el Subsidio Educativo el pago será realizado por transferencia electrónica a nombre de la Institución, siempre y cuando la empresa donde labore el trabajador afiliado se encuentre al día en todos sus aportes y tanto el trabajador como su grupo familiar se encuentren afiliados.
  • Para el caso que el afiliado requiera cambio de Institución Educativa, este solo aplicará para las cuotas que se encuentren pendiente de pago.
  • La institución educativa debe enviar a Comfamiliar Atlántico la resolución de costos educativos aprobados por la Secretaría de Educación anualmente. Dado el caso que la institución no haya entregado la Resolución no se dará trámite a la solicitud del subsidio educativo.
  • El formulario debe estar totalmente diligenciado, no omitir información.
  • Solo puede solicitar un subsidio educativo especial por beneficiario, ya sea la madre o el padre y este solo será otorgado por una de las Cajas de Compensación a nivel Departamental.
  • El valor del Subsidio Escolar será aprobado a las categorías A y B, dependiendo del valor registrado en la Resolución de Costos Educativos expedida por las Secretarías de Educación para cada institución educativa, el certificado de costos expedido por la institución y los valores aprobados por la Caja de Compensación. Cuando el valor de la mensualidad del estudiante es superior al aprobado por la Caja de Compensación, se pagará el monto máximo autorizado por la Caja.
  • El plazo para subsanar deficiencias será hasta el último día hábil del mes de abril.
  • Los reclamos por los subsidios no aprobados se recibirán hasta el décimo día del mes de noviembre.

Beneficiarios antiguos:

  • Adjuntar certificado de estudio del beneficiario (a), indicando el valor de la mensualidad y el grado para el año en curso. Solo se tendrá en cuenta el valor de la mensualidad asignado por la Secretaría de Educación.

Beneficiarios nuevos: 

  • Certificado de estudio del beneficiario(a), indicando el valor de la mensualidad del año en que va cursar. Solo se tendrá en cuenta el valor de la mensualidad asignado por la Secretaría de Educación.
  • Certificado de discapacidad emitido por la Secretaría de Salud o Junta Regional de Invalidez.

Nota 1: Para los casos de discapacidad visual y auditiva se estudiaría presentando la historia clínica o de la junta regional de invalidez para determinar el porcentaje de afección cognitiva.

Nota 2: Para los casos que ingresen por traslado de caja de compensación y deseen solicitar el subsidio deben presentar el certificado por parte de la caja de compensación anterior, donde se indique el pago realizado por ésta.

La presentación de la solicitud NO implica compromiso alguno para Comfamiliar Atlántico, dado que su aprobación se encuentra sujeta al cumplimiento de los requisitos.

  • El salario devengado por el afiliado no debe superar los 4 SMMLV y la sumatoria de salarios del grupo familiar no debe superar 6 SMMLV.
  • Por falsedad en los documentos presentados o entregados en la Caja de Compensación.
  • Cuando se establezca que el beneficiario del subsidio escolar esté laborando o haya formalizado unión libre o en el caso de haber contraído matrimonio.
  • Fallecimiento del hijo beneficiario.
  • Cuando el hijo o los hijos estén estudiando en instituciones sin convenio o inactivos con la Caja de Compensación.
  • Si el afiliado solicita Subsidio Escolar regular, no puede postularse a este subsidio.
  • Por mora de las empresas en el pago de sus aportes mensuales.
  • Si no cumplen las horas laboradas en el mes (96 a 240).
  • Cuando presenta una deficiencia y no suministró las pruebas requeridas para resolverla.
  • Cuando el trabajador se encuentra afiliado en una empresa con estado en “verificación pila”. 
  • Cuando se detecte inexactitudes en sus aportes.
  • En caso de desafiliación de la Caja ya sea voluntario o por decisión de la empresa.
  • Cuando el trabajador o su beneficiario presente una retención activa.
  • Fallecimiento del trabajador afiliado.

Haciendo clic aquí, podrás conocer el listado de los colegios que actualmente tienen convenio con Comfamiliar Atlántico. 

Nota: Para instituciones nuevas el plazo para incluirlas en el listado de colegios aptos en el Subsidio Escolar Especial, será desde el mes de marzo hasta el último día hábil de octubre.

Niño con sudadera naranja, sonriendo, en un fondo naranja. Manos juntas cerca del pecho, expresión amigable.

Periodo de Postulación

Las postulaciones se realizan de manera anual desde el primer día hábil del mes de diciembre hasta el ultimo día hábil del mes de enero. Estas se realizan únicamente a través de la Oficina Virtual. 

Nota 1: Para los padres retenedores del subsidio, se recibirá la solicitud de manera física en nuestro Centro Cultural, ubicado en la Cra. 54 N° 59 – 167.

Nota 2: Para los casos donde el afiliado no pueda realizar la postulación virtual por superar salario al momento de la postulación o ser representante legal, deberán presentar la solicitud de manera física para su estudio.

Subsidio

¿Tienes dudas sobre tu subsidio?

Estamos aquí para orientarte. Diligencia el formulario y nuestro equipo te ayudará a resolver tus inquietudes de forma rápida y sencilla.